Description
El poder permite al apoderado comparecer ante los organismos públicos, como el Ayuntamiento o corporación local, los organismos infraprovinciales, como los Cabildos o Consells Insulars, los órganos provinciales como las diputaciones; las Comunidades Autónomas, o ante la Administración del Estado o de la Unión Europea, y realizar todos los trámites que las normas administrativas permiten, incluso hacer y presentar solicitudes, hacer recursos, aceptar sus decisiones, impugnarlas… Se pueden dar también a abogados y procuradores; y se pueden complementar con un poder para pleitos (1), para el caso de que preveamos que los recursos administrativos no van a ser suficientes para nuestros intereses, y tendremos que seguir con la vía judicial, e iniciar un procedimiento contencioso-administrativo.
REQUISITOS Y DATOS EXTRA PARA SU ELABORACIÓN. No tiene requisitos especiales.
MODELO PROPUESTO POR NUESTROS NOTARIOS DE REFERENCIA (que se puede mandar al Notario seleccionado introduciendo las modificaciones que el poderdante quiera):